REGULACIONES

Ley de Mercado de Capitales

El mercado de valores de Nicaragua cuenta con la Ley 587, la cual tiene por objeto regular los mercados de valores, las personas naturales y jurídicas que intervengan directa o indirectamente en ellos, los actos o contratos relacionados con tales mercados y los valores negociados en ellos. Debiendo promover las condiciones de transparencia y competitividadque hagan posible el buen funcionamiento del mercado, mediante la difusión de cuanta información resulte necesaria para este fin, procurando la protección de los inversionistas.

Norma sobre Oferta Pública de Valores en Mercado Primarios

La presente norma tiene por objeto establecer los aspectos siguientes:

a. Concepto de oferta pública de valores en mercado primario.
b. Trámites de autorización, colocación y negociación de los valores objeto de oferta pública en mercado primario.
c. Requisitos aplicables a los emisores que realicen oferta pública de valores en mercado primario; y
d. Requisitos y trámites para la modificación de valores objeto de oferta pública en mercado primario.

Norma sobre Negociación de Valores en Mercado Secundario

La presente norma tiene por objeto regular los aspectos tendientes a la negociación de valores, tanto nacionales como extranjeros, en el mercado secundario; los valores que podrán negociarse en el referido mercado; los deberes de información periódica que deberán divulgar los emisores, entre otros.

Norma sobre la Autorización y Funcionamiento de las Bolsas de Valores

La presente Norma tiene por objeto definir los requisitos y condiciones para la constitución, funcionamiento y fiscalización de las bolsas de valores; así como, los mecanismos que garanticen el buen fin de las operaciones realizadas en ellas.

Norma sobre el Funcionamiento de los Puestos de Bolsa y sus Agentes

La presente Norma tiene por objeto establecer los requisitos de autorización de los puestos de bolsa y sus agentes; así como, los requisitos mínimos que deben cumplir los puestos de bolsas en relación a los servicios que prestan, sus deberes y obligaciones, los mecanismos de control, los registros, la publicidad, entre otros aspectos.